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¿Cómo entender la tarifa cero de interconexión móvil?
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) eliminó la tarifa cero de interconexión móvil que se aplica desde 2014 y hasta este año.
Ello significa que Movistar, AT&T, Axtel, Megacable y las filiales de Televisa como Izzi deberán pagar a Telcel a partir de 2018 poco menos de 3 centavos por minuto al conectar una llamada de sus usuarios con un cliente de la empresa de Carlos Slim.
El regulador también informó ayer que la tarifa que se pagará entre las telefónicas distintas a Telcel es de 11 centavos por minuto.
De acuerdo con el IFT, el cambio no deberá reflejarse en un aumento en la facturación a los usuarios finales de servicios telefónicos.
Un documento elaborado por la Unidad de Política Regulatoria (UPR) del instituto detalla mitos y realidades que existen alrededor de este tema:
-Mito:
La “tarifa cero” es la que ha hecho que bajen los precios y sin ella subirán
-Realidad:
Ningún estudio ha demostrado una relación directa de la “tarifa cero” y los precios. Lo cierto es que la reducción de las tarifas de interconexión de la industria en general, la del Agente Económico Preponderante (AEP), Telcel, y las de los demás operadores, es decir la tarifa promedio como costo de producción de la industria, sí ha impactado positivamente en los precios. La tarifa promedio vigente es de 6.73 centavos, y la determinada por el IFT es incluso menor: 5.83, por lo que no existe razón alguna para que suban los precios.
-Mito:
La “tarifa cero” es la parte más importante de la reforma de telecomunicaciones
-Realidad:
La reforma ha tocado múltiples aspectos estructurales (nuevas instituciones con nuevas facultades constitucionales, regulación asimétrica sin posibilidad de suspensión, nuevo marco legal de competencia económica, disminución de barreras para competir, mayor oferta de espectro radioeléctrico, entre muchas otras). Es absurdo reducir la reforma constitucional y el nuevo marco legal e institucional a la no subsistencia de un párrafo de un inciso de un artículo de la ley. Adicionalmente, los servicios de voz cada vez son menores en tanto que crecen exponencialmente los de datos (y en estos no se aplica tarifa de interconexión), lo que reduce la importancia de la tarifa en los mercados.
-Mito:
El IFT debe preservar la misma asimetría actual (19 centavos contra cero centavos) aunque suban las tarifas de interconexión
-Realidad:
El impacto real en la competencia se da por la reducción de las tarifas de interconexión en su conjunto. Debe subsistir un régimen asimétrico, sin embargo, es más importante que dicho régimen sea en tarifas bajas que en tarifas altas, ya que la tarifa del AEP incide en 60% del tráfico aproximadamente y de aumentarse, subirían los costos de producción de toda la industria. Un régimen de tarifas asimétricas altas implica subir los costos de producción de la industria (no debe olvidarse que se trata de un servicio intermedio) y es muy probable que impacte negativamente en los precios a los usuarios finales. Las tarifas bajas minimizan los riesgos a la competencia e impactan positivamente en los precios a los usuarios finales, es por ello que ha existido una política, pública y transparente, de reducir en el tiempo las tarifas de interconexión.
-Mito:
Se cambiaron las reglas del juego a los operadores
-Realidad:
Los juicios de amparo interpuestos existen desde que se promulgó la ley. Todos los operadores estaban al tanto de ese riesgo y al margen de si proveyeron o no reservas para la contingencia de los juicios, la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los eximió de pagos de agosto de 2014 a diciembre de 2017, aun cuando se reconoce que la “tarifa cero” implementada es inconstitucional, esto implica el no pago de la industria de 10 mil millones de pesos de acuerdo a algunas estimaciones.
La determinación del IFT es con base en una metodología y modelos de costos públicos y conocidos desde el último trimestre de 2016, por lo que era predecible, consistente y guiada exclusivamente por criterios técnicos en aras de un desarrollo eficiente del sector como lo ordena la Constitución.
Las reglas del juego son las mismas: decisiones técnicas a cargo de un regulador autónomo con base en procesos públicos y transparentes para dar certidumbre a las inversiones, guiadas por el desarrollo eficiente del sector.
-Mito:
Los operadores ya no podrán ofrecer planes ilimitados
-Realidad:
Los planes que se ofrecen actualmente son por lo general paquetes que incluyen datos (en los que no se aplica la tarifa de interconexión móvil); el tráfico de voz crece muy marginalmente en comparación con los datos, que crecen exponencialmente, por lo que el impacto de la tarifa de interconexión móvil en dichos paquetes se ha vuelto marginal en la medida que han disminuido las tarifas para toda la industria.
Adicionalmente los planes que se ofrecen al mercado se estructuran comercialmente con base en patrones de consumo en los que se espera que la mayoría de los usuarios se encuentren por debajo del máximo ofrecido. Más allá de las estrategias comerciales, no es previsible que se limite el consumo a los usuarios o se incremente el precio de su consumo actual por las tarifas de interconexión.
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